Cuántos paquetes de café se pueden entrar a Cuba

  • Aceite vegetal o animal: 5 litros.
  • Aguas minerales y refrescos: 24 entidades, siempre y cuando el envase de la unidad no pase el litro y medio.
  • Arroz, maíz, pasta y alimentos preparados con harina u otros cereales: diez kilos, siempre y cuando la cantidad total de los elementos contenidos en la descripción no pase los diez kilos.
  • Bebidas alcohólicas de cualquier clase: 5 litros. La cantidad hace referencia al total de los productos, siempre y cuando la suma del contenido de los envases no sobrepase de 5 litros.
  • Café, condimentas o infusiones: 5 kilos, siempre y cuando el total de los productos no pase los 5 kg.
  • Cervezas, maltas: 24 entidades. La cantidad hace referencia al total de productos, siempre y cuando la unidad de envase no pase 1 litro.
  • Mermeladas por norma general: 5 kilos en conjunto de los productos.
  • Conservas de todo género: 20 kilos, siempre y cuando la cantidad total de todas y cada una de las entidades no pase los 20 kg.
  • Condimentas: 3 kilos. Siempre y cuando el total de los productos no pase los 3 kg.
  • Grasas vegetales o animales: 5 kilos.
  • Mantequillas, quesos y otros productos afines: Hasta un límite de 5 kg de cada producto contenido en la descripción.
  • Miel natural: 3 litros.
  • Preparados alimentarios (alimentos desecados o concentrados): 15 entidades, siempre y cuando la cantidad total de todas y cada una de las entidades no pase los 5 Kg.
  • Artículos lácteos de cualquier clase: diez Kilos.
  • Vinagres: 5 entidades.
  • Vinos y licores: 5 entidades.
  • Otros artículos de nutrición: diez entidades.

Los alimentos que superen las proporciones establecidas van a ser confiscados ​​por la autoridad aduanera en Cuba. A fin de que esto no ocurra, se aconseja respetar el límite de las proporciones aceptadas para cada producto, no sobrepasar el peso tolerado y también importar múltiples modelos a fin de que no se considere que se está importando con carácter comercial.

Mucho más información

HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2023, siguiendo la Resolución 298 de 2022 del Ministerio de Finanzas y Costos y la Resolución 318 de 2022 de la Aduana General de la República, es La importación de Se dejan alimentos, tal como fármacos y también higiene, sin límite de proporciones y exentos del pago del Impuesto Aduanero, siempre y cuando incluyan el equipaje acompañado de los usuarios, sea de carácter no comercial y se presente a la Aduana en bultos separados de el resto de los artículos.

Esta es una medida inusual y es requisito estar informado de su duración, puesto que lo predeterminado en condiciones normales es que los usuarios solo tienen la posibilidad de importar hasta 30 kg de alimentos libres de derechos de aduana, considerados en los misceláneos. categoría, sin sobrepasar las proporciones aceptadas para cada producto, según disponga la Aduana cubana.

LISTA PARA LA DETERMINACIÓN DEL CARÁCTER COMERCIAL.

CAPÍTULO 01 – COMESTIBLES, BEBIDAS, TABACO Y CIGARROS. Ítems UM Cantidad Visualizaciones 1. Preparaciones alimentarias (alimentos desecados o concentrados).

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