Qué se hace en el Registro Mercantil

11/2020: Plazos terminantes para la presentación de los libros y cuentas cada un año del ejercicio 2019.

A consecuencia de la Predisposición Final Octava del RDL 19 /2020 anunciado en el BOE de 27 de mayo de 2020, los plazos para la formulación de cuentas, legalización de libros, celebración de la Junta para la aprobación de las cuentas y depósito de las cuentas en el Registro, y sin perjuicio de poder presentarlo cualquier ocasión, queda de esta forma:

Qué es el Registro Mercantil

El Registro Mercantil es una institución administrativa cuyo objeto es reflejar y ofrecer propaganda oficial a todos y cada uno de los actos jurídicos y acontecimientos que se desarrollan en el Negocio.

Por ejemplo funcionalidades, en la situacion de compañías se usa para llevar el control de las cuentas cada un año y libros contables.

¿Cuánto cuesta anotar una compañía en el Registro Mercantil?

No hay cantidad fija. Se cobra basado en las tarifas aprobadas por el Gobierno que se publican en el B.O.Y también.

Una sociedad se transforma en irregular en caso de que una vez brindada la escritura pública de constitución, los asociados creadores resuelvan no inscribirla o transcurra un año desde el otorgamiento de la escritura y al final no se haya pedido la inscripción . En estas situaciones, comienza un mecanismo de compromiso sin límites por las deudas contraídas en perjuicio de los asociados, razón que justifica sobradamente la relevancia de anotar la sociedad en el registro, en el período y forma legalmente establecidos.

El Registro Mercantil tiene como función primordial anunciar la situación jurídica de las sociedades anotadas en él.

El Registro Mercantil asimismo se hace cargo de legalizar los libros que las compañías están obligadas a enseñar. Todas y cada una de las sociedades con hogar popular en esa provincia tienen que enseñar sus libros en el Registro Mercantil.

¿Quién se anota en el Registro Mercantil?

  • El empresario individual naviera.
  • Sociedades mercantiles (anónimas, limitadas, etcétera.).
  • Sociedades de garantía recíproca.
  • Entidades compañías de seguros (cooperativas de crédito, mutuas y cooperativas de seguros, etcétera.).
  • Sociedades de inversión colectiva.
  • Conjuntos de interés económico.
  • Cajas de ahorros, bancos y otras entidades de crédito.
  • Fondos de inversión y de pensiones y sus sucursales.
  • Sucursales de sociedades extranjeras y otras entidades extranjeras con personalidad jurídica y con objetivos rentables.
  • Sociedades extranjeras que trasladan su residencia a territorio español.
  • Personas físicas o jurídicas en el momento en que de esta manera lo constituya la ley.
  • Sociedades civiles expertos.

En lo que se refiere al empresario individual, registre:

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