Qué pasa si me niego a hacer un trabajo

En este momento que se aproxima un intérvalo de tiempo de vacaciones para muchos agraciados, muchos son los usados que se ven forzados a efectuar funcionalidades que comunmente no les tocan, para contemplar estas vacantes. Más que nada, en compañías pequeñas donde no se contempla la oportunidad de contratar nuevos trabajadores a lo largo de esas datas.

Para muchos, esta puede ser una ocasión para probar entendimientos y capacidades para la promoción en la compañía. Pero, ¿qué ocurre tratándose de tareas que son de categoría inferior o superior?

Cuándo se tienen la posibilidad de violar las órdenes

Si bien siempre y en todo momento es preferible cumplir la orden y después demandar, hay algunas órdenes que son descubiertamente ilegales o que atentan contra la dignidad del trabajador y que por consiguiente un trabajador puede negarse a cumplir. efectuarlos.

Esta actitud siempre y en todo momento acarrea un peligro y también inseguridad, en tanto que la compañía puede sancionar esa desobediencia, y después un juez determinará si hubo o no fundamento por el que el trabajador fue razonable para negarse a la orden.

Cuándo no se tienen que cumplir las órdenes

Solo en casos extremos se puede no cumplir una orden comercial, si la orden supone:

  • Riesgo que pone la la salud o la vida del trabajador. Ej. Un empresario ordena a uno de sus trabajadores subir a un andamio a enorme altura, desequilibrado y sin protección alguna.
  • Atentar contra la dignidad del trabajador. Por servirnos de un ejemplo, un empresario que le solicita a un trabajador que se destape para atraer mucho más clientes del servicio
  • Son precisamente ilegales o fuera del campo laboral. Ej. Un empresario le solicita a un trabajador que coaccione y amenace a un moroso de la compañía.

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